Semana 1
Derecho.
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LO
QUE SÉ |
LO
QUE APRENDÍ |
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Derecho: Es un conjunto de beneficios que se nos da a
las personas para garantizarnos una buena calidad de vida. Origen y fuentes: |
El
derecho tiene diferentes definiciones DERECHO
COMO ORDENAMIENTO.- Es aquel conjunto de normas que tratan de regular la
conducta humana mediante ordenamientos, permisiones y prohibiciones. -DERECHO
COMO VALOR.- Es el conjunto de disposiciones que adquieren rango obligatorio
y que se encuentran al servicio de valores sociales, además de tener una
finalidad axiológicamente respetable. Origen
: El código de Urukgina (c. 2380 a. C.) que regía en la antigua ciudad sumeria de Uruk. El código de Ur-Nammu (c. 2050 a. C.), decretado por el rey de la ciudad-estado de Ur. El célebre código de Hammurabi (circa 1790 a. C.), dictado por el
antiguo Rey babilonio, en el que se establecían las medidas a tomar como
castigo ante violaciones, muertes o actitudes desleales. Fuentes: Formales, reales, históricas. |
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Derecho |
Información |
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Definición |
DERECHO COMO ORDENAMIENTO.- Es aquel conjunto de normas
que tratan de regular la conducta humana mediante ordenamientos, permisiones
y prohibiciones. -DERECHO COMO VALOR.- Es el conjunto de disposiciones
que adquieren rango obligatorio y que se encuentran al servicio de valores
sociales, además de tener una finalidad axiológicamente respetable. |
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ORIGEN |
Las primeras normas
y leyes se
ejercieron y preservaron oralmente, y eran sólo fórmulas breves que regían
el intercambio, o que solventaban posibles disputas en torno a la propiedad o la violencia. Pero a medida que la
sociedad se hizo más compleja, también se complejizaron las leyes, y surgió así la necesidad de tenerlas por
escrito para conservarlas, o siendo ya demasiado complicadas para
memorizarlas. Los primeros textos de esta naturaleza, escritos en
tablillas de arcilla y procedente de la antigüedad mesopotámica, fueron:
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FUENTES Fuentes formales: Legislación: Son leyes que
se encuentran escritas en textos legislativos como, por ejemplo, en la
Constitución de un país, los reglamentos o las ordenanzas. Costumbres: se trata de la fuente formal más
antigua, es de carácter cultural y conlleva a una serie de conductas que son
jurídicamente obligatorias y que se aplican de manera generalizada en una
comunidad. Por ejemplo, no poner en riesgo ni atentar en contra de la vida de
otras personas. Jurisprudencia: es la interpretación de las
leyes que realiza el juez en casos donde las leyes primarias no resuelven de
manera clara los asuntos discutidos y presentan dificultad en la integración
e interpretación de estas. Es establecida por el Tribunal Supremo. Doctrina: son las interpretaciones u opiniones
que hacen los juristas sobre las leyes para aclarar, de manera teórica, las
interpretaciones de ciertas normas y sus aplicaciones. Igualmente se
considera una fuente indirecta. Fuentes materiales o fuentes
reales:
Las fuentes
materiales o fuentes reales toman en cuenta la realidad social de un país o
comunidad para determinar el contenido de una ley de carácter jurídico. Estas leyes
o normativas pueden ser creadas a través de las autoridades u organismos
autorizados para ello como, por ejemplo, el parlamento o la asamblea del país
en cuestión. En este
sentido, las leyes se formulan considerando la realidad económica, política,
social, cultural, histórica, religiosa, riqueza natural y geografía de un
país. Fuentes históricas:
Se refiere a todos los documentos, obras literarias, tratados
científicos o testimonios, de carácter jurídico o no, que evidencian cómo los
pueblos o comunidades se organizaban y establecían normas. Estas normas son
las que ahora sirven de ejemplo para la creación de nuevas leyes. Dos ejemplos de ello son Código de Hammurabi de la antigua Mesopotamia o la primera Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789). |
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